CONVOCATORIA PARA LA comunidad autÓnomica de madrid

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La Comunidad de Madrid convoca pruebas para la obtención de la acreditación como portero o personal de control de acceso para locales de ocio. La convocatoria de las pruebas se ha publicado en el BOCM número 45, de 22 de febrero de 2012 y todos los interesados pueden presentar las solicitudes en el Registro de la Academia de Policía Local, el Registro General de la Comunidad de Madrid (ubicada en Gran Vía,3) y en los diferentes registros de las Consejerías. 

La Comunidad de Madrid ha convocado pruebas para la obtención de la acreditación como portero o personal de control de acceso para locales de ocio. La convocatoria de las pruebas se ha publicado en el BOCM, número 45, de 22 de febrero de 2012 y todos los interesados pueden presentar las solicitudes en el Registro de la Academia de Policía Local, el Registro General de la Comunidad de Madrid (ubicada en Gran Vía,3) y en los diferentes registros de las Consejerías.El impreso de solicitud  podrá recogerse tanto en estas oficinas como a través de la página web de la Comunidad.

Esta solicitud deberá ir acompañada de una fotocopia compulsada del DNI o tarjeta de residencia y el permiso de trabajo, así como el documento que acredite el ingreso de la tasa por derechos de examen.

Requisitos

Los aspirantes deberán cumplir una serie de requisitos generales:

  • Ser mayor de edad.

  • Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo.

  • Carecer de antecedentes penales

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la lista de admitidos y excluidos se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en el plazo máximo de un mes. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.

Pruebas

La prueba constará de dos partes, una de conocimiento y otra psicológica. El test de conocimientos será un cuestionario de 50 preguntas cuyo temario versará sobre derechos y deberes fundamentales de la Constitución Española, nociones básicas de delitos contra las personas y contra la libertad y seguridad, la omisión del deber de socorro, atentado o falta de respeto a la autoridad o sus agentes así como delitos contra la salud pública.

Además, los aspirantes deberán conocer cuestiones sobre la tenencia de armas, derecho de admisión y libro de reclamaciones, horarios de establecimientos públicos, limitaciones a la  de bebidas alcohólicas y tabaco, protección de menores de edad y nociones básicas sobre salvamento, prevención y extinción de incendios.

Una vez realizadas las pruebas, se publicará la lista de aspirantes aptos en los tablones de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano (Gran Vía,3) y en la Academia de Policía Local, así como en cualquier otro lugar que el tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados.

Por último, los que hayan superado las pruebas deberán presentar, en la Academia de Policía Local, el certificado de registro de penados y rebeldes del Ministerio de Justicia y una declaración jurada o promesa de carecer de antecedentes penales en el extranjero. Tras la comprobación oportuna y en un plazo de 10 días hábiles, la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid expedirá las certificaciones acreditativas individuales que deberán ser recogidas en sus instalaciones.

Temario

Tema 1. Derechos y deberes fundamentales en la Constitución española de 1978. Nociones básicas de los delitos contra las personas y delitos contra la libertad y seguridad. Omisión del deber de socorro. Delitos contra los  funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones: atentado o falta de respeto a la autoridad o sus agentes. Nociones básicas de los delitos contra la salud pública.

Tema 2. Nociones básicas sobre la tenencia de armas en locales de pública concurrencia: Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y normativa de desarrollo, y Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Tema 3. Normativa sobre derecho de admisión y libro de reclamaciones. Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de policía de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas. Decreto 163/2008, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas

Tema 4. Normativa sobre horarios de establecimientos públicos: Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. Decreto 184/1998, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones. Orden 1562/1998, de 23 de octubre, de la Consejería de Presidencia, por la que se regula el régimen de horarios de locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público

Tema 5. Limitaciones a la oferta de bebidas alcohólicas y tabaco y protección de menores de edad: Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, Capítulos I y II del Título III de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, reguladora de las garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia; Títulos III y VI de la Ley 5/2002, de 27 de junio, de Drogodependencias y Otros Trastornos Adictivos de la Comunidad de Madrid

Tema 6. Nociones básicas de las infracciones previstas en Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.

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